1.- Que es COMPETENTE para conocer el recurso de apelación interpuesto en fecha 3 de mayo de 2007, por los abogados Rommel Romero y Ada Fernández, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales del SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT), contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, en fecha 2 de abril de 2007. 2.- SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte recurrida. 3.- CONFIRMÓ el referido fallo.