DISPOSITIVA
En mérito a las consideraciones que anteceden, este Juzgado Octavo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido los artículos 250 y 251 del Código Orgánico Procesal Penal, decreta Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, en contra del ciudadano JESUS ENRIQUE DUNO BLANCO, C.I. V- 17.326.712, ut supra identificado, como presunto autor del delito de Homicidio Intencional con Alevosía en la Ejecución de Robo Agravado, tipificado en el artículo 406 numeral 1 y 2 del Código Penal. Líbrese Orden Judicial de Aprehensión y oficios a los organismos de seguridad del estado. Notifíquese. Regístrese. Cúmplase.-