El Tribunal de la causa, con vista a la transacción suscrita entre las partes y por cuanto no es contrario a derecho y no viola normas de orden publico, ni vulnera derechos irrenunciables de la trabajadora demandante derivados de la relación de trabajo, es por lo que este Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. Homologa la Transacción en los Términos acordado por las partes, dándole efecto de Cosa Juzgada. Se ordena librar oficio a los fines del cierre del expediente y su custodia.