Se dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA, mediante la cual se HOMOLOGÓ EL DESISTIMIENTO formulado en fecha 22 de septiembre de 2009, por el abogado Argenis Román, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana Thania Ysolina González Jiménez, del recurso de apelación interpuesto en fecha 06 de agosto de 2009, contra el auto dictado en fecha 30 de julio de 2009, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en el juicio por acción mero-declarativa de unión concubinaria, interpuesto en fecha 22 de julio de 2009, por el abogado Argenis Román, en su condición de apoderado judicial de la ciudadana Thania Ysolina González Jiménez.