En consideración a todo lo antes expuesto, este Juzgado Superior Tercero Agrario, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR EL RECURSO DE HECHO interpuesto el 23 de julio del 2013 interpuesto por el Abogado Abg. Miguel Ramón Rojas Morillo inpre Nº 119.704 representante legal de la Delegación Sur del Colegio de Abogados del Estado Lara, contra la providencia que declaró Sin lugar la solicitud de Medida Cautelar Innominada emitida el 17 de junio de 2013, en el cuaderno de medidas que precede del juicio por Resolución de Contrato de Opción a Compra e Indemnización de Daños y Perjuicios, que intentara La Delegación Sur del Colegio de Abogados del estado Lara, contra los ciudadanos que integran la Asociación Civil Cooperativa Lorenzo Mendoza y otros, por ante el Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Lara El Tocuyo.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
Déjese c.....