PRIMERO: Se HOMOLOGA la transacción celebrada entre el apoderado actor, abogado SILVIO JOSÉ PEÑA en nombre de los intimantes, ciudadanos ELIS ORLANDO QUINTERO MOLINA y ALBERTO ALI QUINTERO RODRÍGUEZ, y el ciudadanos JAIRO MALDONADO NIETO, como parte intimada, debidamente asistidos por el abogado ENIO JAVIER RAMÍREZ RAMÍREZ, mediante diligencia presentada en fecha 19 de septiembre de 2014 (folios 305 y 307), y, en consecuencia, le imparte a dicho acto de composición procesal el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, y una vez quede firme dicho fallo, se declarará terminada la causa y se ordenará su archivo.
SEGUNDO: SE SUSPENDE LA MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, decretada en fecha 24 de marzo de 2003 por el entonces denominado Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida con sede en Tovar, que obra al folio 01 del Cuaderno Separado de Medida, que integra este expedient.....