IV
DISPOSITIVO
Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en el juicio que por ESTIMACIÓN E INTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES POR COSTAS PROCESALES fuere incoado por el ciudadano MARCOS DE JESUS CHANDLER MATOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°V-7.972.693, en contra de la SOCIEDAD MERCANTIL VITAL MEDICINA PREPAGADA C.A., debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil Cuarto de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, bajo el N°30, Tomo 25-A de fecha dieciséis (16) de junio de mil novecientos noventa y ocho (1998); declara lo siguiente:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado en ejercicio MARCOS DE JESUS CHANDLER MATOS, inscrito en el Inpreabogado con el N°115.112, actuando en s.....