INADMISIBLE LA PRESENTE RECONVENCIÒN y en cuanto a la Incidencia de Fraude Procesal denunciado este Triunal En virtud de lo antes expuesto y acatando la Doctrina del Tribunal Supremo de Justicia y de conformidad con el artículo 607 del Código de procedimiento Civil, se ordena abrir cuaderno separado a los fines de Sustanciar la Incidencia de Fraude Procesal denunciado, debiendo la parte actora (Contraparte del solicitante del fraude procesal), constatar en el día de despacho siguiente la denuncia realizada; abriéndose, luego la articulación probatoria de ocho (08) días. Abrase cuaderno separado, en el cual se ordena agregar copia certificada tanto del presente auto como el escrito de contestación de la demanda. Cúmplase. Abrase cuaderno separado.