este Juzgado Trigésimo Cuarto (34°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÖN, dándole fuerza de la Cosa Juzgada; en tal sentido se procede a la devolución del material probatorio, y asimismo se declara terminada el presente acto, dejándose establecido que dará por terminada la causa y se ordenará el archivo del expediente una vez conste en autos el cumplimiento de la obligación. Déjese copia de la presente acta como medio de auto composición procesal. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman: