DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Sin lugar la apelación ejercida por la parte actora
SEGUNDO: Parcialmente con lugar la demanda incoada por el ciudadano Víctor Silva Quiroz, ya identificado, contra la empresa Marivelca, C.A., y se le condena a esta a cancelar al actor los siguientes conceptos y cantidades:
Prestación de antigüedad - artículo 108 LOT: 2.469,24
Prestación antigüedad complementaria: Bs. 4.938,47
Vacaciones, bono vacacional y utilidades ¿ fracción 2007: Bs. 12.807,00
Diferencia salarial: Bs. 31.095,94