En consecuencia, examinada la descrita transacción, se procede de conformidad con lo establecido en  la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en su artículo 258, a impartir su HOMOLOGACION, al escrito transaccional. Asimismo la  parte demandada y demandante, solicitan copia certificada de la presente transacción, las cuales se acuerdan, previa consignación de las copias simples. Igualmente, se dará por terminado este procedimiento una vez se cumpla el pago acordado, ordenando el archivo y cierre informático del expediente. Así se Establece.
DIOS Y FEDERACIÓN
   LA JUEZ             			                               
CARMEN BEATRIZ SEGURA             
   APODERADO JUDCIAL DE LA PARTE ACTORA          
                                                                
  
APODERADO JUDCIAL DE LA PARTE DEMANDADA
                                                               
 
SECRETARIA                                                                          .....