este Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA la Conversión de la Separación de Cuerpos en Divorcio, en consecuencia DECLARA DISUELTO EL VINCULO CONYUGAL que contrajeron los ciudadanos RAMON CASTELLANOS VALDEZ e YVONNE KARINA ALBI MACHADO, ya identificados, por ante el registro Civil de la parroquia Unión del municipio Iribarren del estado Lara, en fecha 18 de Julio de 1996, bajo el Acta Nº 240, Folio 259 VTO, del libro de Registro Civil de Matrimonios llevados durante ese despacho durante el año 1996.