Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la demandada, ciudadanos JOSÉ BALADO GONZÁLEZ y ELENA MESNIAJEV DE BALADO; SEGUNDO: SE MODIFICA la decisión dictada en fecha 7 de febrero de 2014, por el Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, sólo en lo que respecta a las costas procesales; TERCERO: SE CONDENA en costas procesales a la parte demandante, ciudadano ANTONIO GÓMEZ DE AMORÍN por haber resultado totalmente vencido en el presente proceso, todo de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.