Se dictó auto mediante el cual el Tribunal ordenó suspensión de la Medida de Embargo Ejecutivo decretada en fecha 03 de Mayo de 2012, la cual fue practicada por el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal, Torbes, Cárdenas, Guasitos, Fernández Feo, Libertador y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, sobre los bienes propiedad de la Sociedad Mercantil NYC CONSTRUCCIONES C.A. parte demandada en el presente asunto.