Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Octavo de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la demanda por vías de hecho incoada por el ciudadano GREGORIO AMADO SANDOVAL SANOJA, titular de la cédula de identidad Nº V-17.330.588, asistido por los abogados Juan Pérez Aparicio y Maritza Alvarado Mendoza, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 18.283 y 23.282, respectivamente, contra la Universidad Central de Venezuela (UCV) y el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS). En consecuencia:
PRIMERO: reincorporar al ciudadano GREGORIO AMADO SANDOVAL SANOJA, al Postgrado en la especialización de Anestesiología, con sede en el Hospital Dr. Miguel Pérez Carreño adscrito al Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS), de manera inmediata en el año que le corresponde la con.....