En base a las consideraciones que anteceden, este Tribunal Cuarto de Municipio, Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la Rectificación del Acta de Matrimonio el Nº 70, del año 2018, por ante la Oficina Subalterna del Registro Civil de la Parroquia San José del Municipio Libertador del Distrito Capital, peticionada por la ciudadana ZULLY MARIA GUERRERO, venezolana, mayor de edad, de estado civil casada, titular de la cédula de identidad Nº V- V-5.137.518, bajo representación del abogado apoderado judicial REGULO JOSE GUERRERO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 49.095, ambos identificados al inicio del presente fallo. En consecuencia se ORDENA la Rectificación del Acta de Matrimonio antes mencionada en lo que respecta a las omisiones cometidas en la misma, ya que: do.....