IV.- DISPOSITIVO.
Con fundamento en las consideraciones de hecho, derecho y jurisprudencial, ut supra referidas este Tribunal Décimo Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Losada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA:
CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185 por Mutuo Consentimiento, formulada por los ciudadanos RICZABETH DEL CARMEN CUICAS FIGUEROA y MIGUEL ANGEL ACEVEDO PEREZ, venezolanos, mayores de edad, con cédulas de identidad Nos. V- 30.902.124 y V- 27.637.187, domiciliados en el municipio Maracaibo del estado Zulia, en consecuencia, DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL, contraído en fecha ocho (08) de diciembre de 2023, ante la Oficina de Registro Civil de la Parroquia Juana de Ávila Municipio Maracaibo del Estado Zulia, según se evidencia del acta de Matrimonio Nº 174, con fundamento en .....