Por la motivación que antecede este Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara PARCIALMENTE CON LUGAR la querella interpuesta por la ciudadana LIBIA PADRON DENIS ya identificada, debidamente asistida por el abogado en ejercicio ALEXIS ESCALONA MARIN, también identificado, contra el Ministerio de Educación y Deportes por complemento de prestaciones sociales. En consecuencia, SE ORDENA el pago de los intereses moratorios sobre las prestaciones sociales, causados desde el 01 de octubre de 2003 hasta el 11 de enero de 2006, para lo cual SE ORDENA practicar experticia complementaria al fallo, de conformidad con lo previsto en el Art.249 del Código de Procedimiento Civil, la cual será practicada por un (01) solo experto contable, designado por el Tribunal al tercer (3er.) día de despacho siguiente a aquel en el cual el presente fallo quede definitivamente firme.