Decisiones del dia 23/11/2010 
				   
				 
	
				  
			 
			
			
	  
	 
  
			  
				
                   
				  
				  
					    
						  
					      N° Expediente :
								AP51-V-2010-018911  
						  
						  N° Sentencia :
							
								PJ0462010000683  
						  
						  Fecha: 23/11/2010  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  
					
					
					  Partes:  
					
					  
					
						
						Resumen: Se DECRETA la SEPARACIÓN DE CUERPOS y BIENES, en los mismos términos, fines y condiciones convenidos por los ciudadanos HUGO ANTONIO BETANCOURT BRICEÑO y LIZMAR EDITA OMAÑA LABRADOR, venezolanos, mayores de edad y de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nº V-10.872.057 y V-15.200.444, respectivamente, de conformidad con los artículos 189 y 190 del Código Civil, en concordancia con el Parágrafo Primero del artículo 762 del Código de Procedimiento Civil. el ciudadano HUGO ANTONIO BETANCOURT BRICEÑO, se obliga a pagar la cantidad de Ochocientos Bolívares (Bs. 800,00) Mensuales, cantidad ésta que le será depositada a la progenitora, bajo la modalidad de Cuatrocientos Bolívares (Bs. 400,00) el día 15 de cada mes y Cuatrocientos Bolívares el día 30 de cada mes, contados a partir del mes de septiembre del presente año. Igualmente el padre asumirá de manera compartida en un 50% todos los gastos relativos a consultas médicas, chequeos rutinarios, educación, inscripción (...)
 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente: Dania Ramírez Contreras 
						 
					 
					  
					
						
						Organo: Tribunal Noveno de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños. Niñas y Adolescentes 
						 
					 
					
			      
				  
				  
					    
						  
					      N° Expediente :
								AH1B-F-2007-000177  
						  
						  N° Sentencia :
							
								 
						  
						  Fecha: 23/11/2010  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  
					
					
					  Partes:  
					
					  
					
						
						Resumen: Es por lo que este Tribunal, a fin de subsanar el error cometido en la sentencia supra indicada, pasa a dejar expresa constancia de lo siguiente: donde se lea: "...ANAXIMANDRO RAFAEL AÑEZ GARCIA, venezolano, mayor de edad de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nro. V-5.164.885..." debe leerse: "....ANAXIMANDRO RAFAEL AÑEZ GARCIA, venezolano, mayor de edad de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nro. V- 5.614.885...", que es como debe constar, quedando así subsanado el error cometido en la sentencia dictada en fecha veintisiete (27) de noviembre de 2009, por lo que la sentencia supra indicada sigue  manteniendo en toda su fuerza y vigor el resto de su contenido.  Por consiguiente, téngase el presente auto como complemento de la sentencia dictada por este Juzgado en fecha veintisiete (27) de noviembre de 2009. Por lo que se acuerda oficiar nuevamente a las autoridades competentes una vez sean consignadas las copias de la sentencia antes referida y del present.....
 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente: Angel Eduardo Vargas Rodriguez 
						 
					 
					  
					
						
						Organo: Juzgado Undecimo Primera Instancia  en lo Civil, Mercantil y del Transito 
						 
					 
					
			      
				  
				  
					    
						  
					      N° Expediente :
								8590  
						  
						  N° Sentencia :
							
								111-2010  
						  
						  Fecha: 23/11/2010  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  
					
					
					  Partes:  
					
					  
					
						
						Resumen: Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara:
	PRIMERO: PROCEDENTE la solicitud de medida cautelar formulada por la abogada LISBETH BORREGO CASTILLO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 59.143, actuando con el carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil BANCO INDUSTRIAL DE VENEZUELA, C.A.
	SEGUNDO: Se SUSPENDEN durante toda la vigencia del presente juicio, los efectos de la Providencia Administrativa Nº 190-09 de fecha 20 de abril de 2009, dictada por la Inspectoría del Trabajo en el Distrito Capital, Municipio Libertador, Sede Norte (E) que declaró sin lugar la solicitud de calificación de falta, incoada por la recurrente contra la ciudadana JOHMIR BRAXON ESCOBAR, titular de la cédula de identidad Nº 12.058.659.
 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente: Hector Salcedo 
						 
					 
					  
					
						
						Organo: Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo.