Este Tribunal Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del extrabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos y valor de la Cosa Juzgada. Este Juzgado ordenara el cierre y archivo de la presente causa, una vez conste en autos constancia del pago recibido en la fecha antes señalada e igualmente se hace entrega de los escritos de promoción y sus respectivos anexos.
La Juez 
Leticia Morales Velásquez
                                                   Parte actora  y Apoderado judicial 
Apoderado judicial del Demandado 
El Secretario
Antonio Boccia