En virtud de los elementos contentivos en el expediente, este Juzgado Sexto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: ÚNICO: SE REPONE LA CAUSA al estado en que se practique la notificación de la Procuradora General de la República, a fin de garantizar los derechos constitucionales previstos en los artículos 49 y 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.