CAPÍTULO III
En atención a los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la recusación interpuesta en fecha 23 de noviembre de 2006, por los abogados ROBERTO ACKERMAN y JANIO BEST, actuando en su carácter de apoderados judiciales de la recusante, sociedad mercantil ONE TRACK IMPORTACIONES C.A., contra la Dra. ANGELINA MARGARITA GARCÍA HERNÁNDEZ, en su condición de Juez Titular del Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio por RESOLUCIÓN DE CONTRATO, seguido por la aludida empresa, contra la sociedad de comercio CONSTRUCTORA MARVEL, C.A., expediente N° 20.860 (nomenclatura del aludido Juzgado).
SEGUNDO:.....