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Con fuerza en todos los razonamientos precedentemente expuestos, este JUZGADO VIGÉSIMO PRIMERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, actuando en sede CIVIL, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la LEY, declara: QUE EN EL PRESENTE CASO SE HA VERIFICADO LA PERENCION DE LA INSTANCIA EL DIA 12 DE AGOSTO DE 2004; EN CONSECUENCIA, SE DECLARA EXTINGUIDO EL PRESENTE PROCESO, que por RESOLUCION DE CONTRATO, incoara BANCO LATINO, C.A., a través de sus apoderados judiciales SIMON JIMENEZ SALAS, EDGAR RODRIGUEZ RODRIGUEZ, JOSE LUIS NUÑEZ QUINTERO y KONRAD KOESLING, Abogados en ejercicio, de este domicilio, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 007, 12.306, 66.453 y 74.974, respectivamente, contra la sociedad mercantil INVERSIONES RAMAJU, C.A., empresa inscrita por ante el Registro Mercantil Séptimo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 12 de Febrero.....