AUTO. INSTANDO AL ALGUACIL A PRACTICAR NOTIFICACIÓN.
Hecha la revisión de las actas que conforman el presente expediente se observa que riela a los folios 86 y 87, respectivamente, autos de fechas 10 y 13 de Diciembre de 2010, en los cuales se declaró la inadmisión de la demanda por EJECUCIÓN DE HIPOTECA, interpuesta por la abogada LISETT C. MALDONADO, apoderada judicial de la sociedad de comercio HELMK BANK DE VENEZUELA, S.A., Banco Comercial Regional, así como la notificación de la sociedad de comercio antes identificada. Asimismo, se evidencia que a la presente fecha no se ha cumplido con la notificación correspondiente. En consecuencia de lo anterior, este Juzgado Agrario a los fines de resguardar el principio constitucional referido al debido proceso en el presente asunto, insta al alguacil a practicar la notificación, mediante correo certificado con acuse de recibo, en la dirección indicada en el capitulo VI del escrito libelar, a través del Instituto Postal Telegráfico (IPOS.....