Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal 4° de Juicio de la Circunscripción Judicial del estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, PRIMERO: SE ACUERDA LA SUSPENSION CONDICIONAL DEL PROCESO por el lapso de UN (01) AÑO al acusado CARLOS JAVIER MENDOZA SUAREZ, titular de la cedula de identidad (...) de conformidad con el articulo 43 y 44 del COPP, imponiendo las condiciones previstas en el numeral 1, 3 y 4 del articulo 45 ejusdem como lo es: 1) mantener su lugar de residencia en la dirección aportada en autos. 2) Debe permanecer empleado. 3) Comenzar o finalizar la escolaridad básica, si no la tiene cumplida y aprender una profesión u oficio o seguir curso de capacitación 4) abstenerse de consumir bebidas alcohólicas, 5) cumplir con un trabajo comunitario de sesenta (60) horas en la Escuela mas cercana a su domicilio, a la cual deberá remitir la respectiva constancia. SEGUNDO: El presente proceso queda suspendido por el lapso supra indica.....