D I S P O S I T I V A
Este Tribunal Primero de Primera Instancia en función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, con fundamento en el artículo 479, 500 numeral 2º y 3 del Código Orgánico Procesal Penal, DECLARA IMPROCEDENTE EL OTORGAMIENTO DE LA FÓRMULA ALTERNATIVA DEL CUMPLIMIENTO DE LA PENA, como es el REGIMEN ABIERTO, al penado ANGEL RAFAEL RODRIGUEZ BRANDT, por cuanto no cumple con los requisitos exigidos, y se le impone las siguientes condiciones: 1.- Debe recibir orientación en cuanto a la prevención del delito. 2.-Debe recibir orientación individual. 3.-Debe acudir a orientación psicológica a fin de trabajar aspectos emocionales, conflictos internos y habilidades sociales. 4.-Debe mantenerse laboralmente activo e involucrarse en actividades educativas. Líbrese los oficios a los fines de informar al Director del Centro Penitenciario de le Región Centro Occidental, Es.....