Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR TERCERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en la Ciudad de Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por las partes co-demandantes recurrentes contra la decisión de fecha: 13 de noviembre de 2012 emanada del Juzgado Noveno de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas. SEGUNDO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada recurrentes contra la decisión de fecha: 13 de noviembre de 2012 emanada del Juzgado Noveno de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas. TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por los ciudadanos ANTONIO RAMÓN CHACÍN OROZCO, FRANKY JOSÉ NAVA ALMARZA y MELKIS SEGUNDO P.....