DISPOSITIVO
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: IMPROCEDENTE la defensa de caducidad de la acción de amparo constitucional, alegada por la representación judicial del tercero interviniente BANCO DE COMERCIO EXTERIOR (BANCOEX), conforme a lo establecido en el ordinal 4º del artículo 6 de la Ley de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
SEGUNDO: INADMISIBLE la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por los abogados ANDRÉS TRUJILLO ANGARITA y ERNESTO FERRO URBINA apoderados judiciales de la sociedad mercantil CORPORACIÓN WARAIRA 2021 C.A., contra las actuaciones dictadas por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas,.....