Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto el ciudadano LUÍS DANIEL ESCALONA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-22.026.398, asistido por el abogado Aníbal Ustariz Hermoso, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 157.469, en su condición de Defensor Público Provisorio Décimo (10°) con competencia en materia Administrativa, Contencioso Administrativo y Penal para los Funcionarios y Funcionarias Policiales del Área Metropolitana de Caracas, en contra del CUERPO DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS, PENALES Y CRIMINALÍSTICAS (C.I.C.P.C.)
SEGUNDO: SE ANULA el acto administrativo Nº 015-2016, de fecha 02 de agosto de 2016, dictado por el CUERPO DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS, PE.....