Por las razones que anteceden, este TRIBUNAL CUARTO DE LOS MUNICIPIOS DE VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara CON LUGAR la presente demanda de Resolución de Contrato de Arrendamiento, sobre el inmueble anteriormente identificado, intentada por la SOCIEDAD MERCANTIL ESVALL, C.A., mediante su APODERADO JUDICIAL ABOGADO BERNARDO BERMUDEZ FERNANDEZ, ya identificados, en contra del ciudadano JOSÉ MANUEL DE AVEIRO NUNES, también antes identificado en autos, y en consecuencia se declara Resuelto el Contrato de Arrendamiento celebrado entre las partes, en cuanto a la entrega del inmueble este Juzgador se abstiene de pronunciarse por cuanto en la medida de secuestro fue entregado a la Depositaria Judicial designada, posteriormente en fecha 17 de Marzo de 1.998, dicho inmueble fue entregado a la parte actora, y se condena al ciudadano JOSÉ MANUEL DE AVEIRO NUNES al.....