Este Juzgado Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Primero: PARCIALMENTE CON LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano HECTOR PORTILLO, contra la sentencia dictada en fecha 14 de noviembre de 2011, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en funciones de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, con sede en la ciudad de Barquisimeto. En consecuencia, se modifica el fallo apelado; en el sentido que, se declara inadmisible la solicitud de adopción intentada por el ciudadano HECTOR PORTILLO, sin embargo, se ordena la remisión de las copias certificadas de todas las actuaciones que cursan en el expediente a la Oficina Estadal de Adopciones del Consejo Nacional de Derechos de .....