Por todas las razones expuestas, este Tribunal Superior Noveno en lo Civil, Mercantil, de Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y  por autoridad de la Ley,  DECLARA:
	PRIMERO: SIN LUGAR la apelación examinada, interpuesta por el Defensor Judicial de la parte demandada abogado CARLOS ANDRES AGAR VILLASMIL.-
	SEGUNDO: SE CONFIRMA,  la decisión dictada en fecha 17-06-2015, por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
	TERCERO: CON LUGAR  la presente demanda por Prescripción Adquisitiva incoada por RAFAEL VASQUEZ PEREZ Y MARTA RAMOS DE VASQUEZ  contra CARLOS VICENTE TORRES SEVILLA (fallecido). En consecuencia, téngase la presente decisión como Título Suficiente de Propiedad a favor de los ciudadanos RAFAEL VASQUEZ PEREZ Y MARTA RAMOS DE VASQUEZ, sobre el inmu.....