Este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN, suscrita entre las partes en los mismos términos en ella establecidos, de conformidad con lo establecido en los artículos 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil, con ocasión al juicio que por: COBRO DE BOLIVARES (PROCEDIMIENTO ORDINARIO), incoada por el BANCO NACIONAL DE CRÉDITO C.A., BANCO UNIVERSAL (BNC), contra la sociedad mercantil PROMOTORA PIRITU MAR 2229, C. A., y los ciudadanos HÉCTOR ENRIQUE LUSINCHI, FRANKLIN FERMÍN FERMÍN GÓMEZ y MILAGROS DE JESÚS FERMÍN DE FERMÍN, todos identificados en autos. En consecuencia, téngase la referida transacción como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.-