JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.- Mariara, 24 de Marzo de 2008
197° y 149°
Por recibida la anterior reforma de la demanda, presentada, por la ciudadana CARMEN XIOMARA LÓPEZ TOVAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad, Nº V-7.176.119, debidamente asistida por la Abogada NAIRETH MELITZA SUÁREZ LÓPEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 115.509. Por cuanto la misma no es contraria al orden publico, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa en la Ley, se ADMITE, en cuanto a lugar en derecho, la presente reforma de la demanda por ACCION DE DESALOJO emplácese al demandado Ciudadano: EUGENIO DEMETRIO BÁEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 2.474.991, domiciliado en: Calle Ayacucho, Barrio Félix Eduardo Navarro, Casa N° 20, Mariara estado Carabobo, para que comparezca por ante este Tribunal, al SEGUNDO (2do) día de Despacho siguientes, a que conste en autos.....