Por todas las razones expuestas, este Tribunal Primero del Municipio Puerto Cabello en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Niega la Medida de Secuestro solicitada por la parte actora CARMEN DE LA CRUZ SALAZAR DE GARCIA, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad Nº V-7.157.651, asistida por el abogado YBRAIN VILLEGAS POLANCO; inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 61.340, contra la Entidad Mercantil "KARASAY INVERSIONES", C.A, Inscrita ante el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 25 de Julio de 2007, bajo el N° 56, Tomo 324-A, en la persona de su Presidente RAQUEL MARIA LOPEZ MOLINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.251.876, todos de este domicilio, en el juicio seguido por RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO.
Dada, firmada y sellada, en la Sala de Despacho de este Tribunal, a los veinticuatro (24) días del mes de Marz.....