Por los razonamientos anteriormente expuestos, esta Corte de Apelaciones de  Violencia  Contra  la  Mujer  del  Circuito Judicial  Penal de la Circunscripción  Judicial  del   Área  Metropolitana de Caracas  con Competencia en  Reenvío en Lo Penal,  Administrando   Justicia,   en Nombre de   la   República  Bolivariana  de  Venezuela  y  por  Autoridad  de  la  Ley:  PRIMERO:  DECLARA  SIN  LUGAR  la apelación interpuesta por la ciudadana DAYS MARIA GUZMAN VALDEZ, en su carácter de Defensora Pública Tercera con competencia especial en materia sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, adscrita a la Defensa Pública del Área Metropolitana de Caracas, actuando en su carácter de defensora del ciudadano FREDDY ALEXANDER VITAL HERNANDEZ, conforme a lo establecido al artículo 447 numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal, contra la decisión de fecha 15 de enero de 2011, dictada por el Juzgado Cuarto de Violencia Contra la Mujer en Funciones de Control, Audiencia y Medid.....