Por las motivaciones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGADA la Transacción, en los términos expuesto en la misma, suscrita por las representaciones judiciales de ambas parte el 17 de marzo de 2014 por ante la Secretaría de este Órgano Jurisdiccional;
SEGUNDO: se declara terminado el trámite en segunda instancia del presente proceso que por Desalojo incoara la sociedad mercantil SUMINISTRADORA CHI C..A contra la empresa DECORACIONES BELMONDO C.A, quedando pendiente la posible ejecución de la transacción en caso de incumplimiento de la misma.