DISPOSITIVA
En consecuencia, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo actuando en sede Constitucional, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara INADMISIBLE POR INEPTA ACUMULACION la acción de amparo incoada por RUBBER A. SEQUERA, en representación de la ciudadana NEIGLY ROSAUDI SIFONTES, plenamente identificado en el asunto principal GP11-P-2023-00102, en base a las consideraciones expuesta en la parte motiva del presente fallo. Regístrese, publíquese y notifíquese.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo.