Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Noveno en lo Civil, Mercantil Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando como Tribunal de Alzada, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR el Recurso de Hecho ejercido mediante escrito de fecha 19 de marzo de 2007, por el abogado Jorge Anyelo Armas, en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil "CREACIONES LLANERO, C.A.", y de los ciudadanos: Ana Gelbermann de Krausz, Nancy Kely Lapco de Krausz y Miguel Krausz Gelbermann, antes identificados, contra el auto dictado en fecha 19 de marzo de 2007, por el Tribunal Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En consecuencia, SE REVOCA en todos y cada uno de sus términos el referido auto de fecha 19/03/2007; el cua.....