este Tribunal considera satisfechos los extremos contemplados en el ordinal 7º del artículo 599 del Código Adjetivo Civil, razón por la cual en conformidad con la norma antes referida en concordancia con el artículo 585 ambos del Código Adjetivo Civil, DECRETA medida preventiva de secuestro sobre el inmueble que se encuentra en la Avenida principal del nuevo Barrio la Providencia, Urbanización El Cementerio, Parroquia Santa Rosalía, Nº 28 Municipio Libertador Distrito Capital. A los fines de la práctica de la medida decretada se exhorta al Juzgado de Municipio Ejecutor de Medidas de esta Circunscripción Judicial, distribuidor de turno, y remitirlo en anexo a oficio que se ha de librar a tal efecto. Que se le faculta para la designación de depositaria Judicial y perito Avaluador, así como para tomarles el juramento de Ley. Líbrese exhorto y oficio .CUMPLASE.