Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, ORDENA el SOBRESEIMIENTO de la Causa seguida en contra de las Ciudadanas THAIS MARÍA MARQUEZ ANSELENI, Venezolana, de 39 años de edad, titular de la Cédula de identidad N° V-7.605.705, residenciada en la Avenida 68, N° 67-150, Edificio El Rinconcito, Apartamento N° 4, Sector Los Olivos, Municipio Autónomo Maracaibo, Estado Zulia; Y JUHANA CAROLINA MAKAREN RINCÓN, Venezolana, de 19 años de edad, titular de la cédula de Identidad N° V-14.522.423, y residenciada en la Calle 70, entre Avenidas 11 y 12, Residencias Los Nietos, Apartamento 3B, Municipio Autónomo Maracaibo, Estado Zulia, por la comisión del Delito de LESIONES PERSONALES GRAVISIMAS CULPOSAS, previsto y sancionado en el Numeral 2° del Artículo 422 del d.....