DECISIÓN
En orden a los razonamientos expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a los fines de dictar sentencia considera después de un minucioso análisis de las actas procesales que rielan en el presente expediente y administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA SIN LUGAR LA PRESCRIPCION PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por ENFERMEDAD PROFESIONAL incoara el ciudadano YOVANNY RAMON RIVERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad número 125.734.207 representado por el abogado AIXA ALFONZO LAREZ, inscritos en el Inpreabogado bajo el número 28.835 respectivamente, contra la empresa DOMINGUEZ & CIA, C.A, representada por el abogado en ejercicio OSWALDO SILVA GUZMAN, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 110.902