Se declara:
PRIMERO: PROCEDENTE la solicitud de medida preventiva de embargo efectuada por el abogado DAIRON ANDRÉS DEL VALLE, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 127.910, actuando en su carácter de sustituto del ciudadano Procurador General de la República, procediendo en nombre y representación de la República Bolivariana de Venezuela, por órgano del Ministerio del Poder Popular para el Ambiente, sobre bienes muebles propiedad de la empresa INGENIERÍA YANPER, C.A., por el doble de la cantidad demandada, esto es, CUATROCIENTOS DIECINUEVE MIL OCHOCIENTOS VEINTICUATRO BOLÍVARES CON DIECISIETE CÉNTIMOS (Bs. 419.824,17), lo cual asciende a la suma de OCHOCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y OCHO BOLÍVARES CON TREINTA Y CUATRO CÉNTIMOS (Bs. 839.648,34), más el treinta por ciento (30%) sobre dicho monto por concepto de costas procesales, equivalentes a la cantidad de DOSCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y CUATRO BOLÍVARES CON CINCO CÉNTIMOS (Bs. 251.894,05),.....