este Tribunal, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA las presentes resultas como: UNICO: Título Supletorio Suficiente y Bastante a favor de la ciudadana: YANINE DOBELIA TOVAR COLMENARES, titular de la cedula de identidad Nro. V-11.101.485; sobre unas bienhechurías construidas en una extensión de terreno propiedad del Instituto Nacional de la Vivienda (INAVI), que mide CIENTO CINCUENTA METROS CUADRADOS CON CERO OCHO CENTIMETROS (150,08 Mts2), consistente en unas bienechurias de paredes de bloque frisadas, techo de platabanda, piso de cemento pulido, y distribuida de la siguiente manera: tres (3) dormitorios, dos (2) baños, sala, comedor, cocina y lavandero, cinco (5) ventanas, ocho (8) puertas, un (1) porche, un (1) patio, un (1) garaje, con la escalera hacia la segunda planta, en obra gris, con sus acometidas de blancas, aguas servidas y corriente eléctrica; ubicada en la Urbanización Santa Eduviges, casa No. 01 de la 1ra Calle, jurisdicc.....