este Tribunal les imparte su homologación y les imprime carácter de sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada de conformidad con lo previsto en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Así mismo acuerda hacer entrega del acta de matrimonio original solicitada y dejar en su lugar copia fotostática certificada de la misma y para la elaboración de las copias se comisiona a la ciudadana YASMIRA RODRIGUEZ, Cédula de Identidad N° V-11.100.893, quien junto con la Secretaria firmará la certificación y cada uno de sus folios, todo de conformidad con lo establecido en los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Se da por terminado el pre-sente juicio y se ordena el archivo del presente expediente para su posterior remisión al archivo judicial.
La Juez Temporal,
Abogada CLAUDIA OLAVARRIA
La Secretaria,
Abogada MARITZA RAFFO PAI.....