DISPOSITIVA
ESTE TRIBUNAL ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, visto el desarrollo de la audiencia y por cuanto se evidencia de las actas procesales; así como de la exposición de la defensa publica y la solicitud realizado por la representación del Ministerio Público, y cumpliendo con lo ordenado ante este despacho por parte de la Joven adolescente en cuanto a la sanción de Reglas de Conducta y Libertad Asistida y con base a lo dispuesto en el articulo 647 literal "h" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, DECRETA LA CESACIÓN DE LAS MEDIDA DE REGLAS DE CONDUCTA Y LIBERTAD ASISTIDA, de acuerdo como lo establecido en el artículo 645 Ejusdem, y se le OTORGA LA LIBERTDA PLENA al adolescente RESERVADO. Líbrese Boleta de Libertad Plena. En relación al Joven Rafael Enrique Álvarez, se acuerda oficiar al Director del Centro Penitenciario de la Región Centro Occidental a los fines de solicitar info.....