Decreta PRISION PREVENTIVA COMO MEDIDA CAUTELAR a la Adolescente Ciudadana: IDENTIDAD OMITIDA. Revisado el Sistema Juris 2000 no tiene causas ante el Circuito Judicial Penal del Estado Lara, conforme a lo establecido en el articulo 581, literales "a", "b" y "c" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en relación con el artículo 628, parágrafo II, literal "a" Ejusdem, por la presunta comisión del delito de: OCULTAMIENTO Y DISTRIBUCIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, Sancionado en la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y ordeno sus traslados al C.S.E. " de Niñas ", de la Ciudad de Barquisimeto, donde permanecerá recluida a la orden de este Tribunal, del cual no podrá salir sino en virtud de una orden judicial, además el presente asunto deberá remitirse en lapso legal al .....