VII
DECISIÓN
Por las razones precedentes, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, con sede en Barquisimeto, en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la oposición interpuesta por el ciudadano GABRIEL PARRA REYES, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 153.046, actuando en su condición de apoderado judicial de la Alcaldía del Municipio Palavecino del Estado Lara; la ciudadana SERGIA ECHEGARAY GARCÍA, titular de la cédula de identidad Nº 10.128.353, actuando en su condición de Contralora Municipal del Municipio Palavecino del Estado Lara, asistida por los ciudadanos Rutilio Mendoza Gómez y Rutilio Mendoza Angola, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 24.447 y 173.741; y, el ciudadano HUGO HERRERA CORTÉS, titular de la cédula de identidad Nº 10.798.446, asistido por la ciudadana Daisy Mendoza Yán.....