PRIMERO: Se decreta La EXTINCION DE LA ACCION PENAL como corolario se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor del acusado ciudadano ANGEL ALBERTO BISCARDI ARIAS, titular de la Cedula de Identidad N° (...), por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA PSICOLOGICA Y ACOSO U HOSTIGAMIENTO, previstos y sancionados en los artículos 39 y 40 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; todo de conformidad con el artículo 110 del Código Penal, en concordancia con los artículos 32.2 y 300.3 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se decreta el cese de las medidas de protección y seguridad que le fue dictada en su oportunidad. TERCERO: Líbrese oficio al SIPOL del CICPC anexo decisión a los fines de actualizar los datos sobre el status procesal investigación.