En consecuencia, este Juzgado Vigésimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por RESOLUCION DE CONTRATO sigue la Sociedad Mercantil CONSTRUCTORA TWENTY NINE C.A, contra el ciudadano JOSE RAMON CONTRERAS, y en consecuencia se condena a:
PRIMERO: Se resuelve el Contrato de Arrendamiento suscrito entre las partes, y en consecuencia se ordena la entrega del inmueble ubicado en el Edificio "Parcela 29", ubicado en la Calle Oeste 18, entre las esquinas de San Pedro a San Francisquito, Parroquia San Juan, Municipio Libertador totalmente desocupado, libre de bienes y personas.
SEGUNDO: Subsidiariamente por concepto de daños y perjuicios el pago de de la cantidad de UN MILLON OCHOCIENTOS VEINTISEIS MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y CINCO BOLIVARES (Bs. 1.826.755,oo), resultante de la sumatoria de los alquileres que se señalan insolutos e .....